Cambio de titularidad de un vehículo en la DGT: guía rápida
Tras comprar un coche a un particular, hay que notificar el cambio de propietario a la Dirección General de Tráfico (DGT). Esto es lo esencial.
¿Quién debe tramitarlo?
La normativa de tráfico establece la obligación de notificar el cambio de titular en un plazo determinado tras la compraventa. En la práctica, suele encargarse el comprador, aunque conviene reflejarlo expresamente en el contrato de compraventa para evitar confusiones.
Documentación habitual
- Contrato de compraventa firmado por ambas partes.
- Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.
- Último recibo del IVTM (impuesto de circulación) pagado.
- Informe de la ITV en vigor, si corresponde.
- DNI/NIE de comprador y vendedor.
¿Por qué es importante hacerlo cuanto antes?
Hasta que se formaliza el cambio de titularidad, las notificaciones de multas e impuestos pueden seguir llegando al vendedor. Un contrato de compraventa bien hecho, con fecha, firma y los datos de ambas partes, es la prueba clave si hay que justificar ante la administración que el vehículo ya cambió de manos.
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